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124 artículos que garantizan el derecho de cada niña, niño y adolescente a crecer acompañado por ambas figuras parentales y su red afectiva.
La crianza compartida es la regla, no la excepción. Participación activa, diaria, estable y significativa de ambos padres.
El juez tiene 24 horas para medidas protectorias y 120 días máximo para dictar sentencia.
Se reconoce el derecho a mantener vínculos con abuelos, hermanos y referentes afectivos.
Por primera vez la ley reconoce y protege la identidad digital del menor. Bloquearla se considera maltrato.
Se garantiza la escucha activa y vinculante de cada niño, en condiciones adaptadas a su edad y madurez.
Figura profesional para familias con alta conflictividad, evitando la judicialización permanente.
No en modo adversarial entre adultos — el menor es el sujeto central del proceso.
El Estado informa, capacita y certifica. Se crea el Comité de Infancia Compartida para monitorear.
Obstrucción injustificada puede resultar en cambio de convivencia, causas penales y costas procesales.
Si esta ley habla de los derechos de los chicos, ¿cómo no íbamos a contársela a ellos? Una ley centrada en las niñas, niños y adolescentes tiene que poder ser entendida por ellos.
Entrá a nuestra presentación especial donde te explicamos qué dice esta ley y cómo te protege, en tu propio idioma.
Ver la ley para chicos y chicasEl Proyecto de Ley Infancia Compartida elaborado por la ONG. Podés leerlo aquí mismo o descargarlo.
"Esta ley no es un privilegio para los adultos: es una deuda pendiente con la niñez."
Cada firma importa. Tu apoyo demuestra ante el Congreso Nacional que la sociedad argentina exige una ley que proteja el derecho de los chicos a crecer con ambos progenitores.
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Todo niño, niña o adolescente tiene derecho a crecer y desarrollarse en trato regular y frecuente con ambos progenitores. Esto significa participación activa, diaria, cotidiana, estable y significativa de ambos padres en todos los aspectos de la vida del menor.
La ley supera las categorías estáticas como "tenencia" o "régimen de visitas" para establecer una presencia real: no solo tiempos de permanencia, sino participación en decisiones, acompañamiento en actividades y continuidad afectiva.
El niño tiene derecho a participar activamente en los procesos judiciales que lo involucran. Su participación no es simbólica ni opcional.
Obstaculizar el vínculo sin causa grave tiene consecuencias reales y progresivas:
El tiempo judicial es tiempo de vida del niño. La demora en resolver estos conflictos causa daños irreparables. La ley establece plazos máximos estrictos:
Los niños tienen derecho a mantener vínculos con abuelos, hermanos (incluyendo afines y adoptivos) y cualquier referente afectivo significativo, sin importar si hay convivencia o parentesco jurídico formal.
Cada niño tiene derecho a una única identidad digital propia. Sus cuentas, juegos, plataformas educativas y contactos digitales son suyos y no pueden ser bloqueados como herramienta de control.
La identidad digital se compone de tres elementos protegidos:
Se crea la figura del Coordinador de Coparentalidad: un profesional imparcial designado por el juez cuando los progenitores tienen alta conflictividad y no pueden alcanzar acuerdos.
El Estado no puede limitarse a legislar: debe informar, capacitar y garantizar el cumplimiento activo de la ley.
Entendemos que garantizar la manutención de los niños es fundamental. Y también creemos que los vínculos merecen la misma urgencia — porque hay algo que ningún Estado puede reemplazar.
El Estado tiene herramientas para garantizar recursos materiales cuando un progenitor no cumple. Existen mecanismos —créditos, fondos de garantía, retenciones salariales— para cubrir esa brecha.
Un niño no puede "alquilar" un padre. No hay fondo estatal, crédito ni transferencia que reemplace los años sin contacto con un progenitor, abuelo o hermano. El tiempo perdido no se devuelve.
"Esta ley no propone reemplazar la importancia de la manutención. Propone que el vínculo afectivo —ese que no se puede comprar ni cobrar— reciba la misma protección legal urgente que el derecho a los alimentos."
Detrás de este proyecto hay madres, padres, abuelos y familiares que donan su tiempo, sus horas y sus traslados para que no más niños pasen por lo que han pasado los nuestros.
Mantener este sitio, responder la infinidad de consultas que recibimos, trabajar junto a estudios de abogados especializados en derecho de familia, a psicólogos y docentes universitarios que nos ayudan a construir una ley que realmente piense en los niños —y no en una visión sesgada de la realidad, sea la de nuestra propia ONG o cualquier otra— todo eso tiene costos.
Necesitamos recursos para reuniones, eventos, materiales de difusión y para seguir trabajando de forma profesional y transparente. Si esta causa te moviliza, cualquier aporte hace la diferencia.
Infancia Compartida es una ONG sin fines de lucro. Cada peso va directo a la causa.
Podés donar por transferencia bancaria o MercadoPago. Todo aporte, por pequeño que sea, nos ayuda a seguir.
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Estamos recopilando las preguntas más frecuentes y trabajando con especialistas en derecho de familia y psicología para responderlas de forma completa, clara y sin sesgos. Muy pronto vas a encontrar aquí todo lo que necesitás saber.